Productos con contingentes arancelarios
- Document symbol
- G/LIC/N/3/CRI/19
- Original language
- Spanish
- Published on
- 13/01/2023
Outline of Systems
Q1. Give a brief description of each licensing system as a whole and, with respect to each, reply to the following questions as relevant, placing all of the material with respect to a given system in sequence together, and using cross references as appropriate when elements which have already been described are also present in another system.
Durante el proceso de adhesión de Costa Rica al GATT en 1990, el país adquirió el compromiso de eliminar todas las licencias de importación existentes en un plazo no mayor de cuatro años. Este compromiso fue plenamente cumplido a fines de 1994 al entrar en vigencia la Ley de Ejecución de los Acuerdos de la Ronda Uruguay, Ley Nº 7473 de 20 de diciembre de 1994. El Artículo 1 de esta Ley elimina las licencias existentes y establece el compromiso de eliminar de manera general cualquier otro procedimiento similar de permisos, autorizaciones previas y vistos buenos para la importación de mercancías.
En consecuencia, todas las licencias de importación de naturaleza comercial fueron eliminadas.
Adicionalmente, como parte de los compromisos adquiridos en el marco del Acuerdo sobre la Agricultura de la Ronda Uruguay, Costa Rica ha establecido contingentes arancelarios para ciertos productos agropecuarios cuyas barreras no arancelarias a la importación fueron transformadas en aranceles equivalentes. Estos contingentes, si bien no son administrados a través de licencias de importación como las existentes antes de diciembre de 1994, se asigna a través de un mecanismo de mercado que conlleva a un procedimiento administrativo.
Purposes and Coverage of Licensing
Q2. Identify each licensing system maintained and state what products, appropriately grouped, are covered.
El sistema de licencias que se encuentra en vigor en Costa Rica está basado en el Reglamento General sobre la Asignación de Contingentes Arancelarios de Importación, Decreto Ejecutivo Nº 39938-COMEX del 29 de setiembre de 2016, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 192 del 6 de octubre de 2016.
Dicho reglamento regula la asignación y administración de los volúmenes de contingentes arancelarios de importación otorgados por Costa Rica al amparo de sus compromisos multilaterales ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y de los tratados de libre comercio vigentes. (Con excepción de los contingentes de arroz granza (Estados Unidos), frijol negro (China), artículos de papel (Panamá) y alimentos para animales (Colombia). También se excluyen de su ámbito de aplicación los contingentes de importación al amparo del Acuerdo de Asociación Centroamérica – Unión Europea.)
Los productos que pueden contar con un contingente otorgado por Costa Rica en el marco de la OMC, se indican en la lista LXXXV- Costa Rica (Parte I- Arancel de la Nación Más Favorecida, Sección I- Productos Agropecuarios; Sección I-B Contingentes Arancelarios). Sin embargo, los productos que han gozado de contingente desde el año 2000 y hasta la actualidad, son únicamente los que se muestran en la siguiente lista: [Ver Productos contingentes arancelarios]
Los productos con contingentes arancelarios consolidados que no figuran en la lista anterior son aquellos que no fueron activados durante el período considerado debido a que el arancel de importación de Nación Más Favorecida (NMF) se mantuvo a un nivel igual o inferior al arancel establecido en la Lista de Costa Rica para las importaciones dentro de contingente, o sea que se les aplicaron mejores condiciones de acceso que las establecidas por Costa Rica en su Lista LXXXV.
Q3. The system applies to goods originating in and coming from which countries?
La preferencia arancelaria aplicada a los contingentes de importación de la OMC, se otorga a productos originarios de cualquier país miembro de la OMC. Sin embargo, los países de origen más comunes para la importación de estos contingentes son: Estados Unidos, Dinamarca y Francia. Igualmente, se otorgan contingentes arancelarios de importación al amparo de los Tratados de Libre Comercio existentes con Canadá, Panamá, Perú y Colombia.
Q4. Is the licensing intended to restrict the quantity or value of imports, and if not, what are its purposes? Have alternative methods of accomplishing the purposes been considered and if so which? Why have they not been adopted?
El trámite de licencias se aplica para los productos sujetos a contingentes arancelarios de importación otorgados por Costa Rica al amparo de sus compromisos multilaterales ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) y de los tratados de libre comercio vigentes. El mecanismo de administración de contingentes de importación tiene como finalidad asegurar el fiel cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por Costa Rica y velar por el pleno goce de los derechos obtenidos de los resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales. Lo anterior a través del establecimiento de reglas claras y eficientes que aseguren la máxima utilización de dichos contingentes, sobre la base de los principios de transparencia y no discriminación.
Q5. Cite the law, regulation and/or administrative order under which the licensing is maintained. Is the licensing statutorily required? Does the legislation leave designation of products to be subjected to licensing to administrative discretion? Is it possible for the government (or the executive branch) to abolish the system without legislative approval?
Vía reglamentos, emitidos por el Poder Ejecutivo, se ha establecido el trámite para licencias de importación, a efecto de administrar los contingentes de importación otorgados al amparo de los acuerdos de la OMC y los tratados de libre comercio suscritos por el país.
La legislación no deja la designación de los productos que han de quedar sujetos al trámite de licencias al arbitrio de la administración. Los productos para los cuales se establecen licencias son aquellos sujetos a contingentes arancelarios de importación otorgados por Costa Rica al amparo de sus compromisos multilaterales ante la OMC y de los tratados de libre comercio vigentes.
El poder ejecutivo tiene la facultad de suprimir el sistema sin necesidad de obtener el acuerdo del poder legislativo, dado que el sistema se rige por acuerdos emitidos por este poder mediante decretos ejecutivos. Actualmente, el fundamento jurídico para la administración de contingentes es el Reglamento General sobre la Asignación de Contingentes Arancelarios de Importación, Decreto Ejecutivo Nº 39938-COMEX del 29 de setiembre de 2016, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 192 del 6 de octubre de 2016.
Procedures
Q6. For products under restriction as to the quantity or value of imports (whether applicable globally or to a limited number of countries or whether established bilaterally or unilaterally):
Q6.I. Is information published, and where, concerning allocation of quotas and formalities of filing applications for licences? If not, how is it brought to the attention of possible importers? Of governments and export promotion bodies of exporting countries and their trade representatives? Is the overall amount published? The amount allocated to goods from each country? The maximum amount allocated to each importer? How to request any exceptions or derogations from the licensing requirement?
La asignación y distribución de los contingentes de importación establecidos tanto al amparo de los compromisos de la OMC como aquellos negociados en el marco de los tratados de libre comercio de Costa Rica, se basa en el indicado Reglamento General sobre la Asignación de Contingentes Arancelarios de Importación (de ahora en adelante el Reglamento). Mayor información sobre la reglamentación vigente, formularios y requisitos está disponible en http://www.comex.go.cr/contingentes/.
De acuerdo con el Reglamento, durante la primera semana de octubre se publica la convocatoria para los solicitantes históricos, para participar en la asignación de los contingentes del año siguiente. La convocatoria se publica en el Diario Oficial La Gaceta y en un diario de circulación nacional, y se publica en la página web del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) el detalle completo de: i) los contingentes que están a disposición para el año en cuestión, ii) el volumen de cada contingente, iii) la partida arancelaria y la descripción del producto, iv) los países de origen permitidos, y v) los requisitos necesarios a presentar para participar en la asignación.
A partir del primer día hábil de enero de cada año, se ponen a disposición de los nuevos solicitantes los volúmenes disponibles para ese año. Se publica en la página web de COMEX el detalle de productos y volúmenes disponibles, así como los requisitos a presentar.
Una vez realizada la asignación con base en los criterios estipulados por el Reglamento, para cada uno de los subprocesos indicados, se procede a notificar a cada uno de los solicitantes y a publicar la resolución correspondiente en la página web de COMEX. En la resolución se indica la cantidad asignada a cada uno de los participantes favorecidos en la distribución, para cada uno de los contingentes disponibles. La distribución correspondiente se realiza entre aquellos solicitantes cuyas solicitudes se ajustaron a las disposiciones reglamentarias.
Q6.II. How is the size of the quotas determined: on a yearly, six-monthly or quarterly basis? Are there cases where the size of quota is determined on a yearly basis but licences are issued for imports on a six-monthly or quarterly basis? In the latter case, is it necessary for importers to apply for fresh licence on a six-monthly or quarterly basis?
El volumen de los contingentes otorgados al amparo de los acuerdos comerciales está negociado en cada acuerdo, y su utilización es anual. Conforme con las disposiciones del artículo 4 del Reglamento, el Ministerio de Comercio Exterior de Costa Rica (COMEX), como autoridad competente para la administración de los contingentes de importación, habilita en el sistema TICA (Tecnología de Información para el Control Aduanero) un certificado digital para cada solicitante y contingente asignado, con el volumen que corresponde a ese solicitante para el año de la asignación. Este certificado tiene una vigencia máxima hasta el 31 de diciembre de cada año, y el mismo será utilizado cada vez que se realice una importación hasta agotar la cuota asignada. Agotado el volumen o superada la fecha máxima de vigencia, expira el beneficio arancelario.
El plazo de vigencia de los contingentes puede ser prorrogable, en situaciones de caso fortuito, fuerza mayor o ante acciones u omisiones de la Administración Pública que impidan fehacientemente al administrado la utilización de los contingentes, según se establece en el Artículo 4 citado.
Q6.III. Are licences allotted for certain goods partly or only to domestic producers of like goods? What steps are taken to ensure that licences allocated are actually used for imports? Are unused allocations added to quotas for a succeeding period? Are the names of importers to whom licences have been allocated made known to governments and export promotion bodies of exporting countries upon request? If not, for what reason? (Indicate products to which replies relate.)
El sistema de contingentes arancelarios de importación, es abierto a todos aquellos interesados que deseen participar y que cumplan con los requisitos establecidos para tal efecto por el Reglamento, sin que exista preferencia alguna en ningún tipo de producto para productores nacionales de bienes similares.
Las licencias otorgadas son exclusivamente para la importación de los productos establecidos. Las cantidades atribuidas para un año que no fueran utilizadas, no se suman en ningún caso a los contingentes del período ulterior.
Los nombres de los importadores a los que se les haya asignado parte de los contingentes son publicados oportunamente en el Diario Oficial de Costa Rica (La Gaceta) y en un diario de circulación nacional, por lo que la información es pública. No ha existido ninguna notificación directa, sobre la asignación de los contingentes, a gobiernos u organismos de promoción de los países exportadores. Sin embargo, si alguna institución de un país exportador lo solicitara, no existe impedimento o inconveniente para enviarle la información.
Q6.IV. From the time of announcing the opening of quotas, as indicated in I above, what is the period of time allowed for the submission of applications for licences?
Para los solicitantes históricos, a partir de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial se otorgan 15 días hábiles para la presentación de las solicitudes. Para los solicitantes nuevos, el plazo de recepción de solicitudes inicia el primer día hábil de enero de cada año y estará abierto hasta que se agoten los volúmenes disponibles.
Q6.V. What are the minimum and maximum lengths of time for processing applications?
Una vez vencido el plazo de la recepción de las solicitudes, COMEX cuenta con los primeros diez días hábiles del mes de diciembre siguiente a la convocatoria para distribuir y asignar los contingentes entre los solicitantes históricos cuyas solicitudes se ajusten a los criterios establecidos por el Reglamento, lo anterior en aras de garantizar la aplicación del principio del debido proceso, dado que es indispensable contar con toda la información necesaria para poder realizar la asignación. En el caso de los contingentes disponibles para nuevos solicitantes, se debe dar respuesta a la solicitud en un plazo máximo de diez días hábiles posteriores a su recepción.
Q6.VI. How much time remains, at a minimum, between the granting of licences and the date of opening of the period of importation?
La asignación se realiza, como se indicó en el punto V, durante los primeros diez días hábiles de diciembre. Por lo tal, el importador cuenta con aproximadamente 10-15 días previo al momento en que puede empezar a utilizar la misma (1 de enero del año siguiente al de la convocatoria).
Q6.VII. Is consideration of licence applications effected by a single administrative organ? Or must the application be passed on to other organs for visa, note or approval? If so, which? Does the importer have to approach more than one administrative organ?
La administración de los contingentes de importación es competencia exclusiva de COMEX. Dentro de la estructura organizativa del Ministerio, corresponde a la Dirección General de Comercio Exterior (DGCE) con la colaboración de la Dirección de Asesoría Jurídica, revisar las solicitudes correspondientes y realizar la asignación de conformidad con las disposiciones reglamentarias.
Q6.VIII. If the demand for licences cannot be fully satisfied, on what basis is the allocation to applicants made? First come, first served? Past performance? Is there a maximum amount to be allocated per applicant and, if so, on what basis is it determined? What provision is made for new importers? Are applications examined simultaneously or on receipt?
El criterio utilizado para la asignación de los contingentes está basado en los artículos 9 y 10 del Reglamento. Dichas disposiciones establecen que el 80% del volumen total anual de cada contingente se repartirá entre los solicitantes con récord histórico y el restante 20% quedará disponible para los nuevos solicitantes. En el caso de los solicitantes históricos, si la suma de todas las solicitudes es inferior al volumen disponible, se le asignará a cada solicitante el volumen solicitado; si superan el volumen disponible, se distribuirá de manera proporcional con base en las importaciones dentro de contingente en el año de referencia. En el caso de los nuevos solicitantes, la asignación se realizará siguiendo el orden diario de presentación de solicitudes, hasta agotar los volúmenes disponibles. Si en un mismo día la suma de todas las solicitudes es inferior al volumen disponible, se le asignará a cada solicitante el volumen solicitado; si superan el volumen disponible, se distribuirá de manera proporcional con base en el volumen solicitado.
Tal y como se establece en los artículos citados del Reglamento, bajo ninguna circunstancia COMEX asignará a ningún solicitante un volumen del contingente que exceda al volumen solicitado.
Las únicas condiciones aceptables para la asignación de licencias son las contempladas en el Reglamento. No existen excepciones o exenciones al procedimiento reglamentario. Si luego de la asignación inicial llegan a quedar remanentes de algún contingente, estos se pondrán a disposición mediante la misma resolución y estos se distribuirán siguiendo el orden diario de presentación de solicitudes.
Las solicitudes son revisadas conforme son recibidas.
Q6.IX. In the case of bilateral quotas or export restraint arrangements where export permits are issued by exporting countries, are import licences also required? If so, are licences issued automatically?
Costa Rica no emite licencias de importación en el caso de contingentes bilaterales o de los acuerdos de limitación de las exportaciones, en los cuales el país exportador emite una licencia de exportación para sus productos. Tampoco se emiten licencias a la exportación para aquellos productos exportados sujetos a un contingente arancelario en otro país; únicamente se realiza una asignación de la cuota disponible en los casos expresamente contemplados en la legislación nacional, como es el caso de la asignación de la cuota de exportación de queso a Estados Unidos y los contingentes de exportación al amparo del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.
Q6.X. In cases where imports are allowed on the basis of export permits only, how is the importing country informed of the effect given by the exporting countries to the understanding between the two countries?
No se precisan permisos de exportación de los países exportadores.
Q6.XI. Are there products for which licences are issued on condition that goods should be exported and not sold in the domestic market?
No existen productos para los que sólo se extienden licencias a condición de que sean exportados y no sean objeto de venta en el mercado interior.
Q7. Where there is no quantitative limit on importation of a product or on imports from a particular country:
Q7.a. How far in advance of importation must application for a licence be made? Can licences be obtained within a shorter time-limit or for goods arriving at the port without a licence (for example, owing to inadvertency)?
Q7.b. Can a licence be granted immediately on request?
Q7.c. Are there any limitations as to the period of the year during which application for licence and/or importation may be made? If so, explain.
Q7.d. Is consideration of licence applications effected by a single administrative organ? Or must the application be passed on to other organs for visa, note or approval? If so, which? Does the importer have to approach more than one administrative organ?
Q8. Under what circumstances may an application for a licence be refused other than failure to meet the ordinary criteria? Are the reasons for any refusal given to the applicant? Have applicants a right of appeal in the event of refusal to issue a licence and, if so, to what bodies and under what procedures?
Una solicitud de licencia se puede rechazar si alguna de ellas se recibe de forma incompleta, extemporánea o con errores u omisiones, los cuales están establecidos en el Reglamento. Dichos errores u omisiones son:
i. discrepancias no justificadas ni debidamente documentadas y respaldadas por documentos oficiales, que se detecten entre los volúmenes importados declarados por el solicitante y los que reporte de manera oficial a COMEX la Dirección General de Aduanas (en adelante, DGA);
ii. el suministro de información materialmente falsa en las declaraciones juradas o de la documentación aportada con motivo de la solicitud; y
iii. el incumplimiento de cualquier otro requisito establecido en el artículo 6 del Reglamento o su no subsanación.
Una vez analizada la documentación, se procede a realizar la asignación o a emitir la resolución de rechazo, que es notificada al solicitante por los medios que este haya señalado. Por tratarse de un acto final del jerarca, el administrado podrá presentar un recurso de reconsideración dentro del plazo de dos meses, contados a partir de la notificación de la resolución, conforme con las disposiciones de la Ley General de la Administración Pública (Ley: 6227 del 2 de mayo de 1978) y la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Ley: 3667 del 12 de marzo de 1966). Toda la información aportada por los interesados está sujeta a verificación por parte de COMEX. En el caso que al examinar las solicitudes se determine la existencia de un error u omisión que pueda implicar su descalificación, se le notifica al solicitante de forma oportuna y se le otorga un período de diez días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la notificación, para que proceda a corregir, o aportar la documentación correspondiente en torno a los posibles errores u omisiones detectados en su solicitud. La resolución del recurso de reconsideración da por agotada la vía administrativa, de forma tal que si el administrado considera pertinente continuar con su reclamo, debe plantear un proceso contencioso administrativo contra el Estado, en la vía judicial.
Eligibility of Importers to Apply for Licence
Q9. Are all persons, firms and institutions eligible to apply for licences: (If not, is there a system of registration of persons or firms permitted to engage in importation? What persons or firms are eligible? Is there a registration fee? Is there a published list of authorized importers?) a) under restrictive licensing systems? b) under non-restrictive systems?
En el marco de los sistemas de licencias restrictivos, el cual es el único sistema de licencias que existe en Costa Rica, cualquier persona física o jurídica domiciliada en Costa Rica podrá solicitar su participación en la distribución de los contingentes arancelarios de importación que COMEX pone a disposición en las convocatorias.
Documentational and Other Requirements for Application for Licence
Q10. What information is required in applications? Submit a sample form. What documents is the importer required to supply with the application?
La información que debe figurar en las solicitudes es la siguiente:
(El formulario para la solicitud de contingentes se encuentra disponible en http://www.comex.go.cr/media/6377/formula-contingentes_firmamanual-2018.pdf)
i. indicación de si es una asignación ordinaria o extraordinaria;
ii. nombre completo o razón social del solicitante;
iii. número del documento de identificación oficial del solicitante;
iv. en caso de personas jurídicas el nombre completo del representante legal o apoderado y el número de su documento de identificación;
v. la descripción del producto y la clasificación arancelaria correspondiente, así como el instrumento comercial bajo el cual se otorga el contingente;
vi. el volumen de importación solicitado para cada contingente e indicación de si es solicitante nuevo o histórico;
vii. un correo electrónico, el cual será, para todos los efectos, el medio oficial para recibir comunicaciones.
Debe, además, aportar los siguientes documentos:
a. certificación de Personería Jurídica emitida por un Notario Público, donde se indique el número de cédula jurídica asignado, o por el Registro Nacional;
b. poder especial en caso de que la solicitud la efectúe una persona distinta al solicitante o al representante legal, en este último caso cuando se trate de personas jurídicas, con indicación expresa de que el Poder lo faculta para realizar dicha solicitud en su nombre;
c. certificación emitida por un Notario Público en la que conste la naturaleza y propiedad de las acciones de la sociedad solicitante o de sus asociados, según corresponda;
d. certificación emitida por un Notario Público o por el Registro Nacional, en la que conste el detalle de las personas que ejercen la representación legal e integrantes de la Junta Directiva de la sociedad; y,
e. en el caso de los solicitantes nuevos, copia simple de la factura comercial (con los datos del exportador) y del conocimiento de embarque.
Q11. What documents are required upon actual importation?
Relativo a la licencia, no debe aportarse ningún documento físico al momento de realizarse la importación pues como se indicó en el punto II, se habilita para cada contingente y cada importador un certificado digital que el beneficiario irá utilizando hasta agotar el volumen asignado.
Q12. Is there any licensing fee or administrative charge? If so, what is the amount of the fee or charge?
No existe ningún derecho de licencia o carga administrativa. Únicamente se deben cancelar los timbres de ley exigidos en algunos documentos de la solicitud para participar en la distribución de los contingentes, tal y como se especifica en la pregunta No.10.
Q13. Is there any deposit or advance payment requirement associated with the issue of licences? If so, state the amount or rate, whether it is refundable, the period of retention and the purpose of the requirement.
No existe la posibilidad de expedición de contingentes supeditados al pago de depósitos.
Conditions of Licensing
Q14. What is the period of validity of a licence? Can the validity of a licence be extended? How?
El período de validez de una licencia inicia el 1 de enero del año para el que se asigna el contingente, o desde el momento en que se notifica la resolución de asignación, y hasta el 31 de diciembre de cada año. Los volúmenes de contingentes están disponibles únicamente por ese período sin posibilidad de prórroga, salvo los casos previstos en el Reglamento de caso fortuito, fuerza mayor o ante acciones u omisiones de la Administración Pública que impidan fehacientemente al administrado la utilización de los contingentes.
Q15. Is there any penalty for the non-utilization of a licence or a portion of a licence?
De acuerdo con el Artículo 14 del Reglamento, el importador que haya utilizado menos del noventa y cinco por ciento (95%) del volumen del contingente específico que le fue asignado, tendrá derecho a recibir en la asignación ordinaria del año inmediatamente siguiente un monto no superior al volumen efectivamente importado bajo el contingente durante el año inmediato anterior. Aquella persona que durante dos años consecutivos utilizara menos del 95% del volumen del contingente asignado durante el periodo indicado en los certificados de los que ha sido titular, no podrá recibir una asignación durante el tercer año y será considerado como nuevo solicitante sin récord histórico para la asignación posterior. En caso de ser asignaciones extraordinarias (remanentes), la utilización deberá ser al menos del 50% del volumen asignado.
En el caso de los nuevos solicitantes, el solicitante que utilice menos del 50% del contingente asignado, no tendrá derecho a recibir en el siguiente período ninguna asignación. Igualmente, aquel solicitante que devuelva durante dos períodos consecutivos un volumen mayor al 50% de lo asignado, no tendrá derecho en el siguiente período a recibir una asignación mayor al volumen efectivamente importado en el año calendario inmediato anterior, si es un solicitante histórico o asignación de contingente si es solicitante nuevo.
El artículo 11 del Reglamento contempla un proceso de devolución para aquellos beneficiarios que estimen no utilizar la totalidad de la cuota asignada. En tal caso, debe remitirse una nota a COMEX antes del 30 de junio del año calendario correspondiente, indicando el volumen que no será utilizado, a fin de que este volumen sea puesto a disposición de otros posibles interesados, en la convocatoria extraordinaria que se realiza el último día hábil de julio de cada año. En caso de que un beneficiario no utilice la totalidad de su cuota, pero se acoja a este mecanismo de devolución, no existirá restricción alguna en posteriores participaciones en el proceso de asignación.
Q16. Are licences transferable between importers? If so, are any limitations or conditions attached to such transfer?
Los certificados tienen carácter personal, no constituyen un título valor y los derechos en él contenidos no pueden ser endosados, cedidos o de cualquier otra forma transferidos.
Q17. Are any other conditions attached to the issue of a licence? a) for products subject to quantitative restriction? b) for products not subject to quantitative restriction?
No existen otras condiciones para la expedición de licencias, adicionales a lo dispuesto en el Reglamento.
Other Procedural Requirements
Q18. Are there any other administrative procedures, apart from import licensing and similar administrative procedures, required prior to importation?
No existen procedimientos administrativos previos adicionales aparte del trámite de licencias de importación, expuesto en las respuestas anteriores, y de los requisitos sanitarios y fitosanitarios.
Q19. Is foreign exchange automatically provided by the banking authorities for goods to be imported? Is a licence required as a condition to obtaining foreign exchange? Is foreign exchange always available to cover licences issued? What formalities must be fulfilled for obtaining the foreign exchange?
En Costa Rica, las autoridades bancarias proporcionan de forma inmediata las divisas destinadas al pago de las mercancías que se van a importar. No es necesario poseer una licencia de importación para obtener divisas. No han existido problemas de escasez de divisas hasta el momento. No hay formalidades especiales para la obtención de divisas.